NOTICIAS DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DEL CONDADO DE ERIE

NOTIFICACIÓN DE INTENCIONES

NOTIFICACIÓN DE INTENCIÓN DE SOLICITAR LA LIBERACIÓN DE FONDOS PARA PROYECTOS Y PROGRAMAS ESCALONADOS

26 de febrero de 2025

Departamento de Salud del Condado de Erie
420 Superior St. Sandusky, OH 44870
Teléfono: 419-626-5623

En o después del 7 de marzo de 2025, el Departamento de Salud del Condado de Erie presentará una solicitud al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. para la liberación de las Subvenciones para el Control del Peligro del Plomo y Hogares Saludables bajo la Sección 501 y 502 de la Ley de Vivienda y Desarrollo Urbano de 1970 (12 U.S.C. §§ 1701Z-1 y 1701Z-2); y la Ley de Asignaciones Consolidadas, 2024 118-42 para llevar a cabo el siguiente proyecto: La subvención para el control del peligro del plomo y para hogares saludables, con los números de subvención OHLHB0811-24 y OHHHP0085-25, respectivamente, cubre los condados de Erie, Lorain, Sandusky y Huron. La subvención para el control de los peligros del plomo permitirá al departamento de salud eliminar los peligros del plomo por un importe máximo de $30.000 por proyecto, con un máximo de 172 proyectos en total. La subvención para hogares saludables se utilizará para eliminar los peligros residenciales con un coste de hasta $15.000 por unidad en 67 hogares. Los peligros son riesgos físicos, químicos o biológicos que pueden ser inmediatamente peligrosos para la vida y la salud de las familias que viven en viviendas antiguas y deterioradas. Pueden incluir la exposición al plomo y al radón. El departamento de Salud del condado de Erie solicita la liberación de ambas subvenciones, por un total de $6.032.500.

Las actividades propuestas que se financiarán con cargo a estos programas están categóricamente excluidas de los requisitos de la Ley nacional de política ambiental, pero sujetas al cumplimiento de algunas de las leyes y autoridades ambientales enumeradas en el § 58.5 de la Parte 58 del Título 24 del CFR. De conformidad con el apartado 58.15, se ha estructurado un proceso de revisión por niveles, en virtud del cual se han revisado y estudiado algunas leyes y autoridades medioambientales para la(s) zona(s) prevista(s) enumerada(s) anteriormente. Otras leyes y autoridades medioambientales aplicables se cumplirán cuando los proyectos individuales estén maduros para su revisión. En concreto, se han estudiado las zonas objetivo y se ha logrado el cumplimiento de las siguientes leyes y autoridades en esta revisión de primer nivel: Riesgos aeroportuarios, Ley de Recursos de Barreras Costeras, Calidad del Aire, Ley de Gestión de Zonas Costeras, Ley de Especies en Peligro, Protección de Tierras Agrícolas, Gestión de Zonas Inundables, Reducción y Control del Ruido, Acuíferos de Fuente Única, Protección de Humedales, Ley de Ríos Salvajes y Escénicos y Justicia Ambiental. Las revisiones medioambientales específicas de cada lugar incluirán el cumplimiento de las siguientes leyes y autoridades medioambientales para los proyectos propuestos financiados con cargo a los programas enumerados anteriormente: Seguro contra inundaciones, conservación histórica y contaminación/sustancias tóxicas. En caso de que los proyectos globales individuales superen el umbral de exclusión categórica detallado en §58.35(a), se completará una Evaluación Ambiental y se publicará por separado una Declaración de Impacto No Significativo y una Solicitud de Liberación de Fondos. Pueden obtenerse copias de las hojas de trabajo de documentación de conformidad en la siguiente dirección.

Un Registro de Revisión Ambiental (ERR) que documenta las determinaciones ambientales para este proyecto está archivado en el Departamento de Salud del Condado de Erie ubicado en 420 Superior St. Sandusky, OH 44870. La organización está abierta de lunes a viernes de 8 AM a 4:30 PM. La revisión se encuentra dentro de la División del Programa de Control de Peligros del Plomo y Hogares Saludables, o en: https://www.hudexchange.info/programs/environmental-review/environmental-review-records/.

COMENTARIOS DEL PÚBLICO

Cualquier individuo, grupo u organismo puede presentar comentarios por escrito sobre el ERR al Sr. Robert England, Jefe Superior de Control de Peligros por Plomo y Hogares Saludables. Todos los comentarios recibidos hasta el 6 de marzo de 2025 serán considerados por el Sr. England antes de autorizar la presentación de una solicitud de liberación de fondos.

LIBERACIÓN DE FONDOS

Robert England certifica al HUD que, en su calidad de Jefe Superior de Control de Peligros de Plomo y Hogares Saludables del Departamento de Salud del Condado de Erie, consiente en aceptar la jurisdicción de los Tribunales Federales si se entabla una acción para hacer cumplir las responsabilidades en relación con el proceso de revisión ambiental y que dichas responsabilidades han sido satisfechas. La aprobación de la certificación por parte del HUD satisface sus responsabilidades en virtud de la NEPA y las leyes y autoridades relacionadas, y permite al Departamento de Salud del condado de Erie utilizar los fondos del programa del HUD.

OBJECIONES A LA LIBERACIÓN DE FONDOS

El HUD aceptará objeciones a su liberación de fondos y a la certificación del Oficial Principal del Programa de Control de Peligros por Plomo y Viviendas Saludables durante un período de quince días a partir de la fecha prevista de presentación o de su recepción efectiva de la solicitud (lo que ocurra más tarde) sólo si se basan en uno de los siguientes motivos: (a) la certificación no fue ejecutada por el Oficial Certificador del Programa de Control de Peligros por Plomo y Hogares Saludables del Departamento de Salud del Condado de Erie; (b) el Departamento de Salud del Condado de Erie ha omitido un paso o no ha tomado una decisión o constatación requerida por las regulaciones del HUD en 24 CFR parte 58; (c) el beneficiario de la subvención u otros participantes en el proceso de desarrollo han comprometido fondos, incurrido en costes o emprendido actividades no autorizadas por el 24 CFR, parte 58, antes de la aprobación de una liberación de fondos por parte del HUD; o (d) otra agencia federal que actúe de conformidad con el 40 CFR, parte 1504, ha presentado una constatación por escrito de que el proyecto no es satisfactorio desde el punto de vista de la calidad medioambiental. Las objeciones deben prepararse y presentarse de acuerdo con los procedimientos exigidos (24 CFR Parte 58), y pueden dirigirse al HUD y enviarse a la dirección de correo electrónico que se indica a continuación: David Nuccio, Office of Lead Hazard Control and Healthy Homes, Program Environmental Clearance Officer, Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. LeadRegulations@HUD.GOV. 

Los posibles objetores pueden ponerse en contacto directamente con el HUD para verificar el último día real del plazo de objeción/comentario.

Robert England, Jefe Superior del Programa de Control del Riesgo del Plomo y Viviendas Saludables

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